jueves, 2 de julio de 2026

Conocerlo sirve...

 


EL PROCESO LEGISLATIVO 

Este es un tema de actualidad que quizás haya personas que desconozcan, por lo que aprovecho para hacerlo de su conocimiento. 

En el proceso legislativo de las leyes federales intervienen dos poderes: el poder legislativo y el poder ejecutivo: al legislativo le corresponden llevar a cabo las etapas de Iniciación, Discusión y Aprobación del proyecto o iniciativa de ley. Y al Ejecutivo le corresponden las etapas de Sanción, Publicación y Vigencia de la Ley. 

INICIACIÓN.- Es el acto por el cual determinados órganos del Estado someten a la consideración del Congreso un proyecto o iniciativa de ley. 

Las iniciativas presentadas por el presidente de la República, por las legislaturas de los Estados o por las coordinaciones partidistas, pasan desde luego a comisión. Las que presentan los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates. 

DISCUSIÓN.- Es el acto por el cual las cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si deben o no ser aprobadas. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votación. 

La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos cámaras, con excepción de los proyectos que versarán sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la cámara de diputados. 

A la cámara en donde inicialmente se discute un proyecto de ley suele llamársele Cámara de Origen; a la otra se le da el calificativo de Cámara Revisora. 

APROBACIÓN.- Es el acto por el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley. La aprobación puede ser total o parcial. 

SANCIÓN.- Es el acto por el cual el Poder Ejecutivo acepta un proyecto de ley que ha sido aprobado por el Congreso de la Unión. La aceptación puede ser total o parcial. El titular del Ejecutivo, cuenta con una figura jurídica, conocida como Derecho de Veto, es la potestad que tiene de hacer observaciones a los proyectos de ley que le son enviados por el Congreso de la Unión para su sanción. Esta objeción solamente la puede hacer el Ejecutivo por una sola vez contra un mismo proyecto de ley. 

Esta figura, pocas veces se ha utilizado por el Presidente de la República (único facultado respecto a la legislación federal y el gobernador del Estado, en cuanto a la legislación estatal), porque generalmente las iniciativas son presentadas por el y es ilógico que él mismo rechace lo que propone, sólo se han dado casos, cuando son iniciativas presentadas por la oposición, sin que haya los acuerdos y concerta-cesiones previos.     

PUBLICACIÓN.- Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. 

INICIACIÓN DE LA VIGENCIA.- Existen dos sistemas de la vigencia de la ley: el sucesivo y el sincrónico. El primero señalaba que cualquier ley, decreto o reglamento de observancia general, surtía sus efectos tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el sincrónico, consiste en señalar la fecha exacta en que dicho precepto comienza a regir, --día, mes y año--. Este último es el que actualmente se continúa utilizando. 

A nivel estatal, las etapas son las mismas, con la diferencia de que solo existe una cámara, la de diputados, quien es, a su vez, cámara de origen y cámara revisora. 

Todas las iniciativas de ley, decreto o reglamentos, son discutidas y, sobretodo acordadas, previamente, por lo que el día de la votación, lo que aparece en los medios de comunicación, televisión, radio, prensa escrita, e internet, es un montaje histriónico, para hacer creer al mexicano, que en verdad están trabajando en beneficio de la población, buscando el bien común general, pero no es así. A los partidos de oposición, les interesa mantener a sus simpatizantes y al partido en el poder, le interesa tener comparsas para las contiendas político-electorales. 

·       Analista.

miércoles, 1 de julio de 2026

Es necesario conocerlo...

 


EL PROCESO ADMINISTRATIVO. 

Un proceso es el conjunto de pasos o etapas necesarias para llevar a cabo una actividad. 

En su concepción más sencilla se puede definir éste como la administración en acción, o también como: el conjunto de fases o etapas sucesivas a través de las cuales se efectúa la administración, mismas que se interrelacionan y forman un proceso integral. 

Para que podamos comprender mejor este concepto, es necesario que se compare el organismo o grupo social, que es donde se manifiesta la administración, con un organismo animal. Si se observa cómo se desarrolla la vida de cualquier ser vivo, se podrán distinguir dos fases o etapas primordiales: 

Una primera etapa de estructuración que consiste en la construcción del organismo. Así, a partir de una célula se diferencian. Los tejidos y órganos hasta lograr su plenitud funcional. Una segunda etapa de operación, en la que una vez que se ha estructurado completamente el organismo, éste desarrolla plenamente las funciones que le son inherentes. 

De manera similar, este fenómeno se manifiesta al administrar un grupo social. Así se observa, cuando se administra cualquier empresa, que existen dos fases: una estructural, en la que a partir de uno o más fines se determina la mejor forma de obtenerlos, y otra operativa, en la que se ejecutan todas las actividades necesarias para lograr lo establecido durante el periodo de estructuración. 

A estas dos fases, Lyndall F, Urwick les llama: mecánica y dinámica de la administración. Para este autor la mecánica administrativa es la parte teórica de la administración en la que se establece lo que debe hacerse, es decir, se dirige siempre hacia el futuro. Mientras que la dinámica se refiere a cómo manejar de hecho el organismo social. 

La administración, de carácter eminentemente social, se rige por una serie de valores que le proporcionan no sólo una validez moral ante el mundo, sino también información ética que debe orientar la conducta del administrador en la sociedad. La observancia de estos valores influye directamente en el incremento de la eficiencia en cualquier grupo social. 

Diversos autores, estudiosos del proceso administrativo coinciden en que cada una de estas fases se compone de dos etapas, y aunque alguna de ellas se le denomina de forma distinta, la mayoría difunde y acepta las siguientes: 

ADMINISTRACIÓN

FASES

ETAPAS

PREGUNTAS

 

MECÁNICA O ESTRUCTURAL

PLANEACION

¿QUE SE QUIERE HACER?

 

 

 

¿QUE SE VA A HACER?

 

MECÁNICA

ORGANIZACIÓN

¿CÓMO SE VA A HACER?

 

DINÁMICA

DIRECCIÓN

VER QUE SE HAGA

 

DINÁMICA U OPERATIVA

CONTROL

¿CÓMO SE HA REALIZADO?

 

Los valores institucionales de la administración pueden ser: 

Sociales. Estos son los de mayor importancia, ya que contribuyen al bienestar de la sociedad a través del:

·       Mejoramiento de la calidad y precio del producto y/o servicio para satisfacer adecuadamente las necesidades reales del ser humano.

·       Mejoramiento de la situación socioeconómica de la población.

·       Cumplimiento de obligaciones fiscales que permiten sostener a los gobiernos municipales, estatales y federal.

·       Evitar la competencia desleal.

·       Promoción del desarrollo a través de la creación de fuentes de trabajo.

·       Incrementar y preservar las riquezas naturales y culturales de la sociedad. 

Organizacionales. Aquéllos que tienden a mejorar la organización de los recursos con que cuenta el grupo social: 

·       Impulsar la innovación, investigación y desarrollo tecnológicos.

·       Optimizar la coordinación de recursos.

·       Maximizar la eficiencia en métodos, sistemas y procedimientos.

·       Conciliar intereses entre los diferentes miembros del grupo social. 

Económicos. Son los que se orientan a la obtención de beneficios económicos: 

·       Generar riqueza.

·       Máxima obtención de utilidades.

·       Manejo adecuado de recursos financieros.

·       Desarrollo económico del grupo social.

·       Promover la inversión. 

Analista.