viernes, 3 de octubre de 2014


CLASES DE NORMAS QUE RIGEN AL SER HUMANO.

La vida del hombre en la sociedad se encuentra regida por un conjunto de leyes sociales que podemos clasificar en:

a)    Normas religiosas.- son reglas de conducta de observancia obligatoria para el creyente, a fin de alcanzar la salvación de su alma y la gloria eterna prometida. Son normas esencialmente internas, porque regulan la conducta con Dios; son unilaterales, porque solamente imponen obligaciones o deberes, pero no confieren derechos; son heterónomas, porque el creyente ajusta a la voluntad de la norma que se supone ha sido creada por Dios; son incoercibles, porque no existe la posibilidad de exigir su cumplimiento forzoso al obligado y por último, tienen sanción, la cual consiste en la pérdida de la gloria prometida.

b)    Normas de urbanidad o del trato social o convencionalismos sociales.- son reglas que suelen aparecer en forma consuetudinaria, .como mandatos de la colectividad, como comportamientos necesarios en algunos grupos, son ciertas prácticas admitidas en sociedad. Tales como: el decoro, la caballerosidad, la decencia, la urbanidad, la etiqueta, etcétera. Dichas normas son de carácter externo, porque regulan la conducta externa del hombre; son unilaterales, porque solamente imponen obligaciones, son heterónomas, porque la persona obra conforme a la voluntad de la norma y no a la suya; son incoercibles, porque no se puede hacer cumplir la norma en contra de la voluntad del obligado y, por último, tienen sanción. La sanción es variable: puede ser el desprecio de los demás, la no admisión o exclusión de una creatividad o de un círculo social, etcétera.

c)    Normas morales.- son reglas que rigen la conducta interna de la persona, las cuales le indican las acciones buenas o malas que debe realizar u omitir. Son normas esencialmente internas, porque el sujeto de la norma al obrar a de hacerlo siempre no solamente por deber sino también por querer; son reglas unilaterales, porque solamente imponen deberes pero no confieren derechos; son reglas autónomas, porque el sujeto moral ha de obrar siempre de acuerdo con los dictados de su conciencia, fundiéndose así en una misma persona: legislador y obligado; son reglas incoercibles, porque no existe la posibilidad jurídica de hacerse cumplir dichas normas en contra de la voluntad del obligado y, por último, tienen sanción interna, la cual consiste en el remordimiento de la conciencia de quien ha violado la norma o el repudio de los demás.

d)    Normas jurídicas.- son reglas que regulan la conducta externa del hombre; son bilaterales, porque además de conferir derechos imponen obligaciones; son heterónomas, porque los sujetos de la norma no obran conforme a su voluntad si no conforme a la voluntad de la norma o legislador; es coercible, porque tiene la posibilidad de hacerse cumplir aun en contra de la voluntad del obligado y, por último, tiene sanción política, porque la violación de la norma trae consigo una sanción, la cual puede ser de naturaleza: corporal, económica, mixta o jurídica, que es impuesta por el Estado.

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