FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO.
En los estados federales el poder público se
distribuye para su ejercicio en tres órganos de gobierno, los cuales
corresponden a los designados Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El
funcionamiento del primero (Ejecutivo) se despliega a través de numerosos
organismos que, tanto en el ámbito federal como local, ejecutan actos
destinados a mantener el orden y el bien común. La complejidad orgánica y
funcional de la administración pública en México ha dado lugar al derecho
administrativo, disciplina que comprende el conjunto de normas jurídicas que
regulan las relaciones establecidas entre el Estado y los particulares.
Sin embargo, esta materia no sólo implica
aspectos sustantivos, pues cuando se generan conflictos motivados por la
intervención estatal en aspectos de la vida social, es necesario dirigirlos
mediante procedimientos específicos previstos por la legislación. Estas
circunstancias dan pie para actualizar el imperativo consignado en el artículo
17, párrafo segundo constitucional, relativo a que los tribunales de la
Federación estarán expeditos para impartir justicia pronta, completa, gratuita
e imparcial. Se cuida además el mantenimiento del Estado de derecho, que sería
impensable en una sociedad carente del respeto debido entre gobernantes y
gobernados.
Para ustedes amables lectores que lo
desconozcan, me permito hacerlos del conocimiento, de lo siguiente:
Desde el punto de vista gramatical, el
vocablo Estado tiene diversas acepciones, entre ellas: (1) conjunto de órganos
de gobierno de un país soberano; (2) territorio de cada país independiente; y
(3) país o dominio de un príncipe o señor feudal. De esta forma, puede decirse
que el Estado, como nación, es la sociedad jurídicamente organizada capaz de realizar
la totalidad de los fines humanos, cuyos elementos principales son, entre
otros, el territorio, la población y el gobierno.
Los fines del Estado se pueden resumir en el
bien común que, en cuanto se refiere a toda la población, se convierte en bien
público.
Para conseguir ese bien público, el Estado se
vale de los siguientes medios:
(1) Resguarda el orden,
la paz y la seguridad de la nación.
(2) Organiza la conducta
de los sujetos de derecho mediante normas jurídicas.
(3) Ejerce un poder
directo sobre los ciudadanos, a través de órganos cuyas competencias están
señaladas en una Constitución General.
Las funciones del estado, son las diferentes
formas en que se manifiesta la voluntad del Estado para alcanzar sus fines.
Tradicionalmente se les ha clasificado en tres: administrativa, legislativa y
judicial, lo que da origen a la teoría de la división de poderes, que implica
la existencia de un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial.
El Estado tiene una función administrativa,
como escribí antes, ésta se puede definir desde dos puntos de vista: uno formal
y otro material.
Desde el punto de vista formal, se trata de
la actividad que realiza el Estado por medio de los órganos que dependen
directa o indirectamente del Poder Ejecutivo. Bajo esta perspectiva, será
administrativo todo acto producido, por ejemplo, por la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público. (Para estar al día con las nuevas reformas fiscales)
Desde el punto de vista material, la función
administrativa del Estado se refiere únicamente a la naturaleza del acto, que
debe ser de tipo administrativo, sin que intervenga con el fin de resolver una
controversia –función judicial- y sin que pretenda establecer un orden jurídico
–función legislativa- . Como ejemplo se puede citar la expedición de una
licencia para el funcionamiento de un negocio.
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