Su objeto fundamental,
es satisfacer las necesidades del hombre, llevando los artículos o mercancías
del productor o fabricante, al consumidor. Por su conducto, los artículos
elaborados en un punto son distribuidos y se venden en lugares donde son
necesarios; estableciéndose, por este hecho, relaciones no solo entre ciudades
de un mismo país, sino también entre naciones.
El origen del comercio
viene de la época de los egipcios, fenicios y chinos, quienes no pudiendo
producir materialmente todo lo que necesitaban, cambiaban sus artículos por
aquellos que les eran necesarios. En su origen, se efectuó mediante la permuta
o trueque de mercancías.
A medida que el tiempo
transcurrió, el comercio fie adquiriendo un gran desarrollo. La moneda se
conoció primero en forma primitiva (polvo de oro, cacao, etcétera). Más tarde
esa moneda se perfeccionó con la metálica, ya troquelada. Finalmente se conoció
el crédito, con cuyo auxilio el comercio ha llegado a alcanzar la importancia
que tiene en nuestros días, y que lo convierte en un factor decisivo en la vida
moderna.
El comercio suele ser
clasificado en forma muy diversa, pero la división más generalmente aceptada
es:
Comercio interior. Es
el que se realiza entre lugares de un mismo estado y/o país.
Comercio exterior. Se
realiza entre dos naciones; una de ellas que actúa como vendedora y envía sus
mercancías al extranjero (acto llamado exportación), y la otra, que recibe las
mercancías compradas (acto llamado importación).
Los actos de comercio
están reglamentados por una serie de disposiciones administrativas o de
carácter legal. Las leyes que privan en materia de negocios, entre otras, son:
·
Código
de Comercio.
·
Ley
General de Sociedades Mercantiles.
·
Ley
General de Títulos y Operaciones de Crédito.
·
Ley
de Impuesto sobre la Renta.
·
Ley
del Seguro Social.
·
Ley
del INFONAVIT.
·
Código
Fiscal de la Federación.
·
Ley
Federal del Trabajo.
·
Ley
de Hacienda del Estado.
Ya
señalé de manera sencilla que es el comercio, por lo tanto, el comerciante es
la persona física o moral que realiza las prácticas de comprar, vender o
permutar mercancías, con fines de lucro, ganancia o utilidad.
Según,
el Código de Comercio, se consideran comerciantes:
A)
Las
personas que con capacidad legal para ejercer el comercio, hagan de él su
ocupación ordinaria. Debe entenderse por capacidad legal, el derecho que, según
las leyes, tiene un individuo para contratar y obligarse.
B)
Las
sociedades constituidas conforme a la Ley de Sociedades Mercantiles.
C)
Las
sociedades extranjeras, agencias o sucursales de estas, que dentro del
territorio nacional practiquen actos de comercio.
Las personas que
accidentalmente realicen alguna operación mercantil, se consideran comerciantes
solamente por las obligaciones que resulten de esa operación.
Así como la legislación
señala quienes son comerciantes, también hay personas a quienes se prohíbe
ejercer el comercio; ellas son:
·
Los
corredores.
·
Los
quebrados que no hayan sido rehabilitados.
·
Los
que por sentencias judicial hayan sido condenados por delitos contra la
propiedad, por falsedad, dolo, etcétera.
·
Los
que padezcan alguna enfermedad mental.
Se niega el derecho de
ser comerciante, a los corredores, por su intervención en los actos que
celebran los comerciantes.
Cuando un comerciante
no está en capacidad de cubrir sus deudas, por ser éstas mayores a los valores
que posee, se le considera en quiebra (o en estado de quiebra), mediante
sentencias judicial. La ley le prohíbe volver a ejercer el comercio, hasta que,
pagadas sus deudas, se le habilite nuevamente para ello.
A los que caen bajo una
sanción penal, por razones de ética se les niega el derecho de ser
comerciantes.
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